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El martes 13 mayo, 2008 a las 6:00 pm

A partir del mes de julio de 2008

Superservicios certificará en cobertura y calidad en agua potable a los municipios que reciban regalías

Bogotá D.C., Abril 28 de 2008. Todos los 681 municipios del país que reciben regalías y que quieran cambiar la destinación de los recursos de acueducto y alcantarillado hacia otras inversiones deberán obtener para poder hacerlo una certificación de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, donde conste una cobertura igual o superior al 70 por ciento en ambos servicios y que están suministrando agua apta para el consumo humano a sus habitantes.

En desarrollo del artículo 16 del decreto 416 de 2007 de Planeación Nacional DNP, la Superservicios expidió la Resolución 07535 del 27 de marzo de 2008 en la cual se fija la nueva metodología para el cálculo de las coberturas mínimas de acueducto y alcantarillado y con la cual se determinará la entrega de las certificaciones a todos los municipios del país.

Para lograr estas certificaciones, que se expedirán a partir del próximo mes de julio de 2008, los municipios respectivos deberán cumplir los siguientes requisitos antes del 30 de mayo del presente año: 1) Reporte de la estratificación del municipio al Sistema Único de Información –SUI-. Esta información permitirá determinar si la cobertura es igual o superior al 70 por ciento; 2) Reporte de los prestadores rurales y urbanos de acueducto y alcantarillado que operan en el municipio. El prestador de la cabecera municipal debe estar inscrito en el Registro Único de Prestadores que administra la Superservicios; 3) Certificación de la secretaria de salud competente donde establezca que se han tomado el número de muestras necesarias y que el agua suministrada es apta para el consumo humano. Las certificaciones que expida la Superservicios desde este mes de julio corresponderán al año 2007.

La Superintendencia certificará las coberturas mínimas de agua potable y alcantarillado cuando se cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en la resolución. El incumplimiento de uno sólo de los requisitos conducirá a la no certificación.

Las coberturas mínimas de agua potable y alcantarillado, así como las generales de acueducto y alcantarillado serán publicadas el 30 de julio de 2008 en la página web de la Superintendencia: www.superservicios.gov.co en el link “Delegada AAA”. En esta misma página se pueden consultar la Resolución de la Superservicios y el Decreto del DNP.

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