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El Partido Liberal Colombiano dio a conocer la reglamentación que servirá de base para que comience a operar el sistema de bancadas en las asambleas departamentales, concejos municipales y juntas administradoras locales de todo el país.
Mediante la Resolución 1501 del pasado 3 de diciembre, la colectividad presentó las modificaciones a la Resolución 1235 de 2006, por la cual se reglamentan nuevamente los estatutos y se expide el régimen de bancadas de los miembros del Partido Liberal.
La reglamentación se expide precisamente en momentos en los que tiene lugar la definición de coaliciones al interior de las corporaciones públicas, momento en que también los diferentes partidos políticos adelantan los procesos de definición de sus posturas frente a las nuevas administraciones regional y municipales.
En la reglamentación dada a conocer por el liberalismo se establece que la bancada será constituida por la totalidad de los diputados, concejales y ediles elegidos por la colectividad y quienes no habiendo sido elegidos con el aval del partido sean admitidos por el mismo.
Igualmente, establece que la bancada también se constituirá en cada una de las comisiones reglamentarias correspondientes a las asambleas y concejos.
Manifiesta la misma norma que, para la toma de decisiones, es obligatorio para cada uno de los miembros emitir su voto para fijar la posición de la bancada y cuando ésta haya adoptado una posición mayoritaria primará sobre las decisiones individuales de sus integrantes.
De acuerdo con lo dado a conocer, los miembros de la bancada liberal actuarán para el ejercicio de sus funciones y para el control que les corresponde los asuntos electorales, la definición de estrategias y tácticas políticas, así como las relaciones con los gobiernos departamentales y municipales, según se trate.
“En consecuencia, los integrantes de la bancada deberán votar de acuerdo con las decisiones adoptadas por la misma y no podrán abstenerse de hacerlo. Los directorios territoriales correspondientes podrán declarar el voto obligatorio y si éste debe emitirse en favor o en contra en temas que considere de suma importancia para la política del partido”, dice textualmente la norma sobre el particular.
Aclara la misma normatividad que las bancadas tendrán un vocero elegido por ellas en cada corporación o comisión, quien las coordinará y representará. Serán elegidos para períodos de un año y corresponde a los respectivos directorios orientar y coordinar con el vocero de la bancada la acción del partido en la correspondiente asamblea, concejo o Junta Administradora Local.
Explica que será obligatoria para los miembros de la bancada la disciplina y la lealtad con los programas y posiciones del partido, en especial cuando se discutan y voten proyectos de presupuesto, adiciones presupuestales, plan de desarrollo, plan de ordenamiento territorial, aquellos que determinen la estructura administrativa del departamento o municipio y los que conceden facultades extraordinarias a gobernadores y alcaldes.
“En estos casos, los integrantes de la bancada deberán votar de acuerdo con la decisión adoptada”, agrega.
Dice igualmente el reglamento que en los temas previstos anteriormente la bancada no podrá dejar en libertad a sus miembros para votar de acuerdo a su criterio individual, pues el voto en contradicción con las instrucciones de la bancada se considerará falta disciplinaria.
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