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La otra historia del Cauca: La Salvajina

El jueves 27 agosto, 2020 a las 2:08 pm

La otra historia del Cauca: La Salvajina

Nelson Eduardo Paz Anaya

En 1985 se cerraron las compuertas, y las indómitas aguas del río Cauca, con la fuerza acumulada del declive de la cordillera, empezaron a llenar los 31 kilómetros que conforman el hueco inmenso de la represa La Salvajina.

El remolino fue subiendo por entre las ramas de los cachimbos y los guaduales. Las siembras de café y las viviendas fueron tapadas por las aguas, de igual forma, las tumbas de los antepasados y los caminos; y quedaron ahogados los lugares en donde se adelantaba el barequeo para recoger pepitas de oro.

Desaparecía, por intereses distantes, la vida de las aldeas, el afecto, el sentimiento ligado a su paisaje, a sus cultivos y las viviendas; el trabajo en las plantaciones desde la época de la Colonia; el arraigo a un entorno formado con múltiples expresiones culturales, en donde se cruzaron lo indio con lo afro y en enlace con el mestizaje del campesinado caucano.

A las más de mil familias desplazadas no les quedó otra alternativa que ir subiendo por entre los barrancos y breñas de las laderas circundantes, colgadas de los bejucos del miedo, horrorizadas por el riesgo de caer a los remolinos de agua y lodo, que, ante el vértigo, se mostraban amenazantes, y que, como en Sión, era mejor no mirar para no quedar paralizados de pavor.

Ese espectáculo, generado por la acción del hombre sobre la naturaleza, deja sumidos a los viejos en infinitas tristezas; a las mujeres, exhaustas de dolor y rabia; y a los niños, sumidos en pánico indeleble en sus mentes. Todos se quedaron arriba de los barrancos, estáticos, sin comprender la realidad de lo que estaba sucediendo.

La inundación fue consecuencia del proyecto de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca. «El parto de una quimera» lo llamaron sus impulsores, y se ejecutó para evitar las inundaciones en las tierras planas del Norte del Valle; el propósito era generar energía, con el fin de mejorar las aguas para el abastecimiento de la ciudad de Cali.

Todos esos aspectos fueron profundamente analizados, los beneficios económicos para la agroindustria, los mejores diseños, los riesgos y los efectos en el tiempo, pero nada se hizo con seriedad y responsabilidad para atender las repercusiones de la represa con la población de su entorno inmediato.

Se da por entendido que los promotores del proyecto tenían conocimiento sobre los efectos sociales, por lo tanto, no debe extrañar la falta de responsabilidad social al no considerar todos los aspectos que han contribuido de forma tan grave a la violencia que surgió en esa zona.

Tampoco se entiende dónde estuvo la responsabilidad del Estado colombiano y la de los gobiernos de la época, que no aparecieron por ninguna parte para establecer espacios de participación y concertación con las comunidades del lugar.

Las actitudes indiferentes de la clase dirigente del departamento y de los líderes de los sectores público y privado, que no hicieron presencia en esa situación; tampoco la universidad, y menos las organizaciones sociales. No dijeron ni una palabra. Esa fue la razón de la importancia de la marcha de esas comunidades del año 1986.

Ya se verá cómo los resultados tienen relaciones con las acciones de violencia que azotan de manera continua esta región del Cauca, cómo reinciden en la situación total del departamento y cómo al final el desplazamiento se suma a las dificultades por el aumento de población en la ciudad de Cali.

La sentencia de revisión de la Corte Constitucional al fallo de la Sala de Tutela de la Corte Suprema de Justicia, que confirmaba el fallo de la Sala de Tutela del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, que negaba los derechos solicitados por los habitantes de esta región, más allá de una pieza jurídica, se constituye en un llamado de atención a la manera como se permite en el Cauca que se vulneren los derechos de sus habitantes. (Más adelante se hace referencia a su contenido).

Los resguardos y las zonas campesinas colgados en las estribaciones de la cordillera Occidental, como son las comunidades de El Tambo, Cajibío, Morales, Suárez, Buenos Aires, Balboa y Argelia, permanecerán por siempre marginados de las localidades vecinas; su tránsito será un diario desafío a la amenaza de perecer ahogados.

Otras regiones sacrificadas son las ocupadas por los campesinos de Chimborazo y Ortega, que han luchado tanto para no sucumbir a la tentación de los cultivos llamados ilícitos; ellos ven con frustración cómo sus productos se pierden ante la imposibilidad de sacarlos a los mercados más cercanos, como los de Suárez o de Morales, porque el lago atajó la vía del Occidente, pues no se consideró los procesos poblacionales de la región.

El tren llegó a Asnazú, vino don Marco Fidel Suárez (de allí su nombre), en seguida se instaló la empresa Asnazú Golden Co., explotadora de minas de oro en la década de 1920. Sin ninguna consideración por los recursos naturales, dragó la cuenca del río; poco significaron los modos culturales de vida de las comunidades, y menos significó la vida biológica de las riberas y los cauces. El oro, cuya cantidad se calculó en 2500 toneladas, se fue en tren, y a la orilla del río apenas quedaron montañas de gravas y arenas con las cuales se construyó, años después, el muro de la represa de La Salvajina.

El carbón, otra riqueza natural de la región, en miles de toneladas ha sido explotado en todos los tiempos; solamente han dejado socavones oscuros y profundos, muestras macabras de una explotación humillante que ni siquiera se ha visto reflejada en el Producto Interno Bruto (PIB) de la región.

La caucanidad no ha podido pasar del discurso, al fin de cuentas parece que sus impulsos se cortan cuando están por brotar las plántulas de sus verdaderas raíces, pegadas de realidades escondidas de las épocas de la Conquista y la Colonia, y trasplantadas al servicio de ocasionales intereses, manipulados a la orilla de los partidos tradicionales, en una trampa por la necesidad de adormecerse aun a costa de las mentiras para mitigar la desesperanza.

En estas regiones es imposible hablar de desarrollo, aquí, es una exageración; si acaso, se habla de supervivencia. Aquí, el hombre ha puesto toda su fuerza de trabajo y toda su capacidad creadora, se supone que ello mejoraría la calidad de vida, pero el sistema genera desigualdad.

La naturaleza ha sido pródiga en colocar los mejores recursos naturales: agua, oro, carbón, energía, tierras, animales y cultivos. ¡Al diablo con las ventajas comparativas y competitivas! Solamente la aculturación de organizaciones políticas comunitarias tendrá la posibilidad de vislumbrar modelos que, en una integración hombre – naturaleza actúen agroecológicamente. 

Con obstinación se han ocultado las deformaciones soportadas por los niños nacidos en la comunidad afrocolombiana de la zona de La Toma y El Hato. Inician su crecimiento, y cuando están en la adolescencia sus cuerpos se deforman, porque los huesos empiezan a torcerse hasta que los afectados quedan como reptiles humanos. Es muy triste y doloroso decirlo, pero es así.

Hay muchos conceptos médicos y sociológicos sobre el origen de ese mal, pero siempre se ha señalado como causa probable la limitación de espacios e imposibilidad de comunicación con otras comunidades, para que tuviesen el encuentro con otros grupos sanguíneos. Aquí, los derechos humanos no caminan, se arrastran.

La riqueza de la muestra arqueológica del Parque Precolombino de Mindala está perdida, los estudios antropológicos no se consideraron, y no se conocerá la riqueza cultural de los antepasados; se perderán así muestras de formas de cultivos en terrazas, de formación similar por sus muros en piedra, a las del Imperio Inca y a otras muestras de la cultura Páez. Así, ni pensar en proyectos turísticos y culturales.

En reciente época se intentó pasar las aguas del río Ovejas al río Cauca, antes de la represa, a través de un túnel. Pero cuando algunos sectores mostraron interés, el proyecto se archivó por el temor a revivir los acuerdos pactados. Es así la otra realidad.

Haciendo alusión a la Historia doble del Cauca, reconstruyendo las historias locales de Suárez y de Buenos Aires, las antropólogas Andrea Catalina Buenaventura y Danniella Trujillo (2011) presentan los procesos sociales de estos municipios a partir de líneas de tiempo, desde hace 400 años, enmarcados por relaciones de poder, desigualdad y sometimiento. El contenido es un trabajo de investigación en la diplomatura titulada Herramientas para la autonomía territorial, en la Pontificia Universidad Javeriana, en Bogotá, en unión de la Universidad ICESI y la Universidad del Cauca.

«Para 1636 se dan los primeros asentamientos afros en Jelima, Portugalete, Honduras y Pandiguando».

«Una primera oleada modernizadora (1930), con economía de enclave, por la entrada de multinacionales para explotar oro, plata, cobre, entre otros».

«En una segunda oleada modernizadora (1966), se dan una serie de reformas de tipo económico, centradas en inversión extranjera, comercio internacional de café e institutos para promover los recursos naturales y las exportaciones».

«La tercera oleada ocurrió en los años 80 y 90, década de movilizaciones populares o campesinas. Se dio paso a la Constitución de 1991, que dio forma a las organizaciones colectivas como la puerta a la Ley 70 de 1994».

Según Buenaventura y Trujillo, abolida la esclavitud, las comunidades afro, durante 12 años ahorraron $314 000, con los cuales compraron los derechos sobre La Toma, El Cerro Teta y Asnazú, que comprendían la región, a la familia Concha, de Popayán.

En 1869, por conducto de Tomás Cipriano de Mosquera, pasó auscultando la vía para el ferrocarril, Enrique Meiggs, referencia de Mejía, citado en Lucumí. (1995).

Según la publicación de la Corporación del Valle del Cauca (CVC), denominada El parto de una quimera, en 1943 se dispuso que se hicieran los estudios de la represa; en 1963, consultores canadienses recomendaron su construcción, la cual se inició en 1980.

Alfredo Molano Bravo, escritor colombiano (fallecido), en su columna A punto de sangre, relató cómo las comunidades afro de la zona de La Salvajina tenían una forma económica de trabajo conocida como «la tonga». Era un modo de distribución equilibrada de beneficios, según no solamente el trabajo invertido, sino la capacidad física individual para trabajar.

En ese marco de referencia, señala cómo después del año 2002 el subsuelo de la nación ha sido dado en concesión a firmas nacionales y extranjeras, multinacionales, con más de 7000 títulos mineros. (El Espectador, edición del 21 de agosto de 2010).

La sentencia T-462A-14, instituyó la «otra historia» de la región de Suárez, Morales, Buenos Aires, en el Cauca, cuando, frente al incumplimiento de «los acuerdos firmados en el año 1986», se atiende una tutela.

Como respuesta a la movilización hasta Popayán de las comunidades afectadas por la construcción de la represa de La Salvajina, se firmaron en la Gobernación del departamento los acuerdos de 1986; y 25 años después no se han cumplido, a pesar de que se vulneraron los derechos a la libre circulación, a la salud y a la educación de las comunidades de la zona.

La Corte Constitucional observa que desde la construcción de la Central Hidroeléctrica La Salvajina, las comunidades sufrieron cambios trascendentales en sus vidas. El acta de 1986 buscó, en parte, resolver los problemas. El incumplimiento integral ha generado la vulneración de los derechos fundamentales a la libre circulación (aislamiento, ausencia de caminos, restricciones de transporte), a la salud y a la educación.

La Corte Constitucional trata los derechos fundamentales invocados, a partir de la no realización de una consulta previa, el incumplimiento de los acuerdos del año 86, en relación con las licencias ambientales, el derecho a la participación, a la determinación y a la inclusión en las decisiones que los afectan y los impactos derivados de los megaproyectos.

En la contestación a la demanda, el Ministerio de Minas y Energía alegó que no correspondía ese asunto a sus competencias. El Ministerio del Interior dijo que no se cumplía con el principio de inmediatez y que se debió recurrir a la acción de cumplimiento; el Ministerio de Medio Ambiente, a su vez, manifestó no ser  competente; el Ministerio de Educación dijo que las competencias para esas obligaciones se trasladaron a los entes territoriales.

La sociedad CELSIA S.A. E.S.P., antes Colinversiones S.A. ESP, expresó que se debía negar la tutela porque no se habían violado derechos fundamentales por ellos como empresa.

El Departamento del Cauca (Gobernación) adujo que no existieron, además del principio de inmediatez, solicitudes pendientes sobre esos asuntos.

La CVC, además de exponer su incompetencia para los temas solicitados, aclaró que solamente tiene como misión: «El manejo y la conservación del medioambiente y los recursos naturales». Precisó que mediante el Decreto Ley 1275 de 1994 se reestructuró y se creó la Empresa de Energía del Pacífico (EPSA), que cumple esas funciones.

Hubo un voluminoso acervo probatorio, y se dieron otras actuaciones en sede de revisión.

Es de interés resaltar cómo el fallo se soportó, además, en sucinta relación citando las principales sentencias proferidas en materias como el de la consulta previa y demás aspectos de la demanda. Se relacionaron, entre otras, las siguientes:

T-380, de 1993; T-769, de 2009; T-745, de 2010; T-693, de 2011; T-172, de 2013; T-5547, de 2011; S.U. 039 de 2010; T-129, de 2012; T- 993, de 2012; T-135, de 2013.

Se soporta, además, en conceptos científicos de organizaciones mundiales sobre situaciones similares en la problemática de las represas para generación hidroeléctrica, cuyas referencias y contenidos se anexan al expediente.

Es necesario anotar que el expediente, en su totalidad, abarca más de 120 folios; aquí solamente se pretende hacer un somero resumen a fin de refrescar el conocimiento de esa situación, que afecta toda la economía del departamento.

La Sala Séptima de Revisión, manifiesta: «Sí se vulneraron los derechos pretendidos en la tutela», para lo cual apela a dos precisiones previas: la primera es sobre las pretensiones invocadas por los actores, la segunda es lo referente al incumplimiento de los acuerdos celebrados y consignados en el acta 86, documento casi desconocido en el Cauca.

En primer lugar, existe derecho a la libre circulación, está consagrado en el Artículo 24 de la Constitución Política.

En cuanto al derecho a la salud, recuerda que el Estado debe dar cumplimiento a los principios de solidaridad, eficiencia, universalidad, continuidad, integralidad y accesibilidad de los servicios que se requieran, con cuatro dimensiones: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad.

Conclusiones y órdenes para emitir. La Sala concluye: «Que los derechos invocados por los actores no se limitan al incumplimiento de unos acuerdos de hace más de veinticinco años, sino que se trata de una realidad actual, de un proyecto de gran envergadura, como lo es la Central Hidroeléctrica La Salvajina, en la que no se tuvieron en cuenta los impactos de todo tipo, antes de su programación, de su realización, por tanto, se indica la necesidad de la presentación del Plan de Manejo Ambiental».

Con base en estos aspectos, la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución Política, resolvió: «revocar el fallo de segunda instancia emitido por la Corte Suprema de Justicia, el 7 de marzo de 2013, y en su lugar conceder la tutela a los derechos fundamentales solicitados».

Se resalta lo ordenado en el sentido de que en 6 meses, contados a partir de la fecha de la sentencia, la empresa EPSA debe culminar la consulta previa del Plan de Manejo Ambiental, que incluya soluciones para «solventar» el aislamiento de las comunidades; de igual forma, lo ordenado en educación y salud, con el debido acompañamiento de las autoridades pertinentes.

Finalmente, solicita y exhorta a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación para que asesoren y acompañen este proceso.

La situación de la represa La Salvajina debe motivar una reflexión sobre la actitud de los caucanos, frente a acciones que lesionan de una u otra forma a sus pobladores; deprime la negligencia y ver cómo han pasado 25 años y no se ha dado una gestión seria respecto al daño ocasionado por la construcción de la represa, y tampoco respecto al acta de compromiso firmada en el año 1986.

Se pone a consideración pública este documento con el fin de reflexionar sobre la gravedad de la situación. Es imposible el desarrollo y el logro de la paz, mientras no se superen esas dolorosas circunstancias, que son la otra historia del Cauca.

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Otras publicaciones de este autor:

Nelson Eduardo Paz Anaya

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Para los estudiosos, ampliación de esta información en otros trabajos publicados en You Tube:

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