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Integral de Empaques suspende contratos laborales en el Cauca

El viernes 21 mayo, 2021 a las 7:27 am
Integral de Empaques suspende contratos laborales en el Cauca

Integral de Empaques suspende contratos laborales en el norte del Cauca.

La compañía, ubicada en el municipio de Puerto Tejada, señaló que la decisión obedece a que entró en un estado de incapacidad económica y por la situación de orden público.

Los bloqueos y cierres en el marco del paro nacional siguen pasando factura a diferentes empresas de las regiones afectadas. Integral de Empaques SAS es una de estas, que tras ver imposible la reactivación de sus operaciones tuvo que suspender los contratos a sus empleados bajo la figura de “fuerza mayor o caso fortuito”.

La compañía mantuvo su nómina con vacaciones y licencia remunerada compensada durante algunas semanas, sin embargo, la situación se volvió insostenible lo que les obligó a tomar esta nueva decisión.

Integral de Empaques suspende contratos laborales en el Cauca

“A pesar de todo este gran esfuerzo y agotada la posibilidad de reiniciar operaciones, la empresa entró en un estado de incapacidad económica grave, y en ese sentido, en protección del trabajador se aplicará la suspensión y/o aplazamiento de los contratos de trabajo”, precisó la compañía en una carta dirigida a sus empleados.

Integral de Empaques señaló que, desde el 28 de abril, el acceso de entrada y salida al Parque Industrial y Comercial de la Zona Franca del Cauca, ubicada en los municipios de Puerto Tejada, Caloto y Guachené, han permanecido cerrados por los bloqueos en las vías lo que ha frenado sus operaciones.

“Debido a los cierres efectuados por los manifestantes en la mayoría de las ciudades y municipios del territorio nacional, se ha imposibilitado la movilidad de nuestros colaboradores para llegar a los lugares de trabajo y ocasionada inseguridad por los actos delictivos y vandálicos desplegados en el marco de las manifestaciones”, indicó el documento.

Esta medida inició el 17 de mayo de 2021 y según precisó la entidad estaría vigente hasta que se restablezca el orden público, además, recalcó que el Código Sustantivo de Trabajo contempla que al suspender el contrato por “fuerza mayor o caso fortuito” el empleador seguirá respondiendo por la seguridad social de los empleados, pero no está en obligación de pagar salario.

Con información de: La República.

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