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Ilegalidad e inconveniencia en los avalúos prediales

El lunes 14 marzo, 2022 a las 10:24 am
Ilegalidad e inconveniencia en los avalúos prediales
Imagen cortesía de: www.redjurista.com

Ilegalidad e inconveniencia en los avalúos prediales

Alvaro J Urbano R

Son graves las imprecisiones e improvisaciones de la Administración Municipal, surgidas del contrato interadministrativo con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC., cuyo objeto es la actualización catastral con enfoque multipropósito en las áreas urbana y rural   en sus componentes físico, jurídico y económico. Estudio con profundas falencias, utilizado como soporte para expedir las facturas para el cobro del impuesto predial, con incrementos ilegales superiores al 300% en algunos casos y en otros, incoherentes y demasiado bajos, como los aplicados a predios donde hay viviendas suntuosa como en Genagra, Zona de los moteles vía al Huila, urbanización Cerritos de la paz, donde hay vivienda suntuosa y se liquiden valores por debajo de los cincuenta mil pesos al año, viviendas que pueden tener un avalúo comercial superior a los mil millones de pesos.

El aumento desproporcionado de la base gravable, trasgrede el artículo 6° de la Ley 44 de 1960, disposición que prohíbe que el nuevo avalúo exceda del doble del monto liquidado por el mismo concepto en el año inmediatamente anterior del impuesto predial. Motivo por el cual la administración municipal debe respetar las limitaciones legales, excepción hecha con los predios que se incorporen por primera vez al catastro, los terrenos urbanizables no urbanizados o urbanizados no edificados y aquellos que figuraban como lotes no construidos y cuyo nuevo avalúo se origina por la construcción o edificación en él realizada.

Según una providencia reciente del Consejo de Estado, las autoridades tributarias deben tener en cuenta la información catastral para efectos de determinar el impuesto predial unificado, atendiendo de manera obligatoria, las condiciones reales del inmueble con corte al 1º de enero de la respectiva vigencia fiscal. En tales circunstancias y por el hecho que los avalúos no quedaron establecidos a 31 de diciembre de 2021, los nuevos avalúos no podrán aplicarse en la vigencia del 2022 sino en la del 2023.

Si bien es cierto hace más de once años no se actualiza la base gravable del impuesto predial, en las actuales circunstancias el incremento es injusto dada la crisis social y económica que vive la ciudad de Popayán, por lo tanto, la medida además de ser ilegal es altamente inconveniente, dada la actual realidad monetaria, el director del DANE, en una conferencia en la Cámara de Comercio del Cauca, expresó que la realidad monetaria y económica de la mayoría de los ciudadanos, es precaria dado el  incremento de los precios al consumidor y la inflación en comparación con el resto del país.  El nuevo reporte que corresponde a febrero de 2022, muestra cifras desalentadoras; la inflación en la alcanzó una histórica subida del 10.97%, convirtiéndose en la ciudad en la más costosa con relación al promedio porcentual a nivel nacional, dado el aumento indiscriminado en los precios de los insumos agrícolas importados, por las secuelas que dejaron el confinamiento por el Covid-19, los bloqueos del paro nacional del 2021 y la guerra entre Rusia y Ucrania.

Siendo Popayán una ciudad universitaria, las matrículas en instituciones privadas alcanzaron incrementos hasta del 46%, las tarifas de los servicios públicos aumentaron en un 20%, la carne subió un 35% y la papa tuvo un incremento exorbitante del 164%, el almuerzo diario o “corrientazo” subió en un 15%, acrecentando de manera desmedida el costo de la canasta familiar.  La pobreza extrema en la ciudad pasó del 11 al 20%, con 59.000 personas en situación de suma vulnerabilidad y 51.000 sumidas en el espectro de pobreza absoluta.

El director del DANE, Daniel Oviedo, aseguró que las personas que tienen trabajo en Popayán, están en la informalidad y sus ingresos disminuyeron hasta en un 5%, con el agravante del aumento de población proveniente de Venezuela, con más de 5.000 personas que llegaron a la ciudad y se quedaron cuyo ingreso básico proviene del empleo ambulante.

Resulta necesario mejorar los ingresos corrientes de libre destinación de Popayán, pero no incrementado de manera ilegal y desproporcionada el avalúo catastral como base gravable para liquidar el impuesto predial. Por razones de equidad, no es conveniente hacerlo, dada la actual coyuntura socio-económica, pues de acoger los avalúos establecidos por el IGAC, como autoridad catastral, se afectaría de manera grave la recuperación de la dinámica económica de la ciudad, dadas las graves inconsistencias e ilegalidades en que se ha incurrido, motivo por el cual, los propietarios de predios en Popayán, como sujetos pasivos de la obligación tributaria, reclaman la revisión del avalúo pues el valor no se ajusta a las condiciones socioeconómicas  de la ciudad y la administración estaría incurriendo en el cobro de lo no debido.

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