Fiscal General de la Nación participa en debate sobre el Marco Jurídico para la Paz
En desarrollo del foro Dilemas Jurídicos para la Paz, en la Universidad Externado de Colombia, el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett defendió su posición frente al tema de justicia transicional que se incluyó en la reforma constitucional del Marco Jurídico para la Paz.
Señaló que el dilema propuesto en dicho marco legal para que el Congreso defina son dos modelos de justicia transicional, uno maximalista fundamentado en la priorización de casos donde se investigan todos los casos, autores y delitos cometidos; y un segundo modelo que se podría denominar minimalista, centrado en criterios de selectividad, en el que la investigación penal debe estar enfocada en la persecución de los máximos responsables. Esta segunda opción es la que el jefe del ente acusador considera aplicable.
El Fiscal Montelagre también destacó que esta reforma rompe el esquema fundamental de la constitución y que los mismos tribunales internacionales han considerado que los derechos humanos y fundamentales no son absolutos y pueden ser flexibilizados. El discurso internacional de los derechos humanos, a través del mecanismo de la ponderación, es el que ha permitido la flexibilización de las garantías tradicionales del derecho penal.
“Un discurso de derechos absolutos en materia de derechos humanos que no adopte la relativización está en contra de la tendencia precisamente de tribunales penales internacionales y tribunales constitucionales que aceptan la ponderación y la relativización como forma de resolver conflictos. Por eso hay que entender ese deber de investigar, acusar y juzgar las graves violaciones a los derechos humanos como un derecho ponderable que cuando entra en colisión con los derechos fundamentales como el derecho a la paz, en estos casos, ese derecho puede ser relativizado en aras de lograr la paz”, puntualizó el Fiscal General.
Frente a este tema, el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, indicó que debe declararse inexequible la propuesta por ser inconstitucional, al considerar que es un camino para la impunidad y que no respeta los derechos de las víctimas, ni las garantías de verdad, justicia y reparación, porque habrá amnistía e indulto para aquellos actores del conflicto que no sean seleccionados como autores de delitos sistemáticos y se beneficiaran de la renuncia condicionada de la investigación penal.
Según el Procurador Ordoñez, el Marco Jurídico para La Paz no responde a los estatutos internacionales, ya que estos señalan que los crímenes de guerra y de lesa humanidad, como la desaparición forzada y el terrorismo, deben ser sometidos a la acción de la justicia.
Por su parte el Presidente del Senado de la República, Roy Barreras, respaldó la postura del Fiscal General y dijo que la ley estatutaria, en el marco de un acuerdo de paz, propone un tratamiento diferenciador, definirá condiciones y sanciones para los actores del conflicto armado incluidos los agentes del Estado, como las Fuerzas Militares; pero resaltó que no es aplicable para los casos de los denominados falsos positivos. También aclaró que en todos los casos habrá investigación y sanción, más no amnistías, indultos y mucho menos perdón y olvido.
Igualmente, durante su intervención en el foro, la magistrada auxiliar de la Corte Constitucional, Clara Elena Reales manifestó que desde el punto de vista de la Corte, “esta ha utilizado una metodología, que más que las sentencias para calificar o descalificar una medida particular, es una medida donde se sopesa el contexto, se sopesa el sistema dentro del cual se inserta una medida específica, incluso una medida que pudiera parecer laxa para juzgar crímenes de lesa humanidad, para acudir a medidas de selección, o juzgamiento particular, o priorizado de ciertos individuos, no son necesariamente inconstitucionales si eso sucede; siempre y cuando se garantice el menor sacrificio a la verdad, a la justicia y la reparación y la garantías de no repetición”.
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