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EL REMATE DEL ESTADIO CIRO LÓPEZ

El lunes 13 marzo, 2023 a las 12:13 pm
EL REMATE DEL ESTADIO CIRO LÓPEZ

EL REMATE DEL ESTADIO CIRO LÓPEZ

Alvaro J Urbano R

Conferidas las autorizaciones e incorporados los recursos del crédito por 15.000 millones al presupuesto municipal, el alcalde tiene el deber legal de adquirir el estadio, vía remate en jurisdicción coactiva, liquidando la obligación tributaria a cargo del sujeto pasivo, entregando el saldo a la liga de futbol, o en su defecto, recibirlo a título gratuito por parte de la Gobernación del Cauca, si se decide hacer efectiva la condición resolutoria de la donación, por no cumplir la Liga de Futbol del Cauca con los fines que estructuraron la trasferencia del bien fiscal.

El predio comprende: parqueaderos, el parque de la salud, el templete de la virgen del Perpetuo Socorro, un hogar Infantil, la casa del abuelo, la escuela Pública Mercedes Pardo de Simmonds, el centro de vacunas de la Secretaría de Salud Municipal y un CAI de la Policía; estando en curso varios procesos declarativos de pertenencia y afectado también con medida cautelar por mora en el pago de  impuestos, tasas y contribuciones, así como de servicios públicos, cuyos montos superan los seis mil millones de pesos, necesarios para incrementar los ingresos corrientes de libre destinación, requeridos para el cierre financiero del plan de desarrollo de la Administración “Creo en Popayán”.

El artículo 277 de la Ley 1955 de 2019, modificatorio del artículo 14 de la Ley 708 de 2001, autoriza la cesión a título gratuito de bienes fiscales de propiedad de las entidades públicas de carácter no financiero, como el estadio Ciro López, que no se requieran para el ejercicio de sus funciones, los cuales podrán ser transferidos a título gratuito a entidades del orden territorial con el fin de atender necesidades en materia de infraestructura deportiva o cultural.

Por iniciativa de la administración municipal, el Concejo de Popayán, mediante Acuerdo 015 del 2021, se declaró de interés público el sector que circunda el estadio Ciro López, para previo el estudio de títulos y el avalúo, la Liga de Futbol del Cauca oferte el predio o en su defecto, expropiarlo en los términos de la Ley 388 de 1997 y el Decreto reglamentario 1420 de 1998. Por consiguiente, el inmueble no puede rematarse en subasta pública con el riesgo de poder ser adquirido por particulares.

Los bienes fiscales ocupados con mejoras por parte de instituciones educativas públicas, culturales o de salud pública, se podrán enajenar entre entidades territoriales por su avalúo catastral, con un descuento del 90% que será pagado de contado y consignado en la cuenta bancaria que disponga la entidad cedente, en los términos del artículo 9 de la Ley 2044 de 2020.

Así las cosas, el estadio Ciro López de Popayán, por sus especiales condiciones, el alcalde está facultado para adjudicarse los predios del estadio, vía remate, o en su defecto, tramitar vía judicial o administrativa, la expropiación, sin poder ser subastado el bien inmueble a particulares mientras en la matrícula inmobiliaria esté la anotación de afectación por motivos de utilidad pública e interés general.

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Álvaro Jesús Urbano Rojas
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